OM Weekly Digest (2017-02-10)

2 mayo, 2017

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COLOMBIA | Patentes, Derecho Regulatorio | Inclusión de Glivec® en régimen de control de precios por Declaratoria de Interés Público ya entró en vigencia

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El pasado viernes 3 de febrero de 2016, entró en vigencia la Circular 4 de 2016, mediante la cual, la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (CNPMDM) incorporó al medicamento Glivec® -de Novartis- al control directo de precios establecido por el Ministerio de Salud colombiano para medicamentos afectados por una Declaratoria de Interés Público (establecido en la Circular 3 de 2016).

La metodología establecida en la Circular 3 de 2016 es controversial, al estipular que los medicamentos sujetos a control de precio deberán tener como valor máximo de venta el precio más bajo de todos los competidores en los países de referencia (usando precios genéricos del imatinib).

COLOMBIA | Propiedad Intelectual | Modificación al régimen de inversión extranjera en Colombia trae implicaciones en materia de Propiedad Intelectual

El 26 de enero de 2017, el Gobierno de Colombia expidió el Decreto 119 de 2017, mediante el cual se modifica el régimen de inversión de capitales extranjeros en ese país (contenido en el Decreto 1068 de 2015).

La nueva norma considera que todas las inversiones directas de personas «no residentes» (es decir, personas naturales y jurídicas que no tienen su domicilio principal en el país, o personas naturales que no permanecen en Colombia más de 183 días calendarios al año) efectuadas sobre activos intangibles adquiridos con el propósito de ser utilizados para la obtención de un beneficio económico en el país, se entenderán como inversión de capitales extranjeros.

Como consecuencia de lo anterior, toda persona no residente que adquiera un activo intangible (marcas, patentes, variedades vegetales, obras protegidas por derecho de autor, etc.), deberá estar registrada ante el Banco de la República para expatriar regalías. Dichas obligaciones aplican solo si se pagan regalías, o en personas jurídicas, si la explotación del intangible se da de manera desligada a la empresa.

ESTADOS UNIDOS | Derecho de Autor | Estados Unidos: finaliza programa de advertencias a infractores de derechos de autor

 

Durante el mes de enero de 2017, los proveedores de servicios de internet (ISPs) y titulares de derechos de autor en Estados Unidos suscritos al programa de advertencias a infractores de derechos de autor cesaron su aplicación, implementada por ellos mismos en el año 2013 a través del Centro de Información sobre Derechos de Autor.
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El programa se basaba en seis advertencias o «strikes» para los usuarios que accedieran a contenido protegido de manera no autorizada, y que incluían «medidas de corrección» como la disminución en las velocidades de internet, o la redirección temporal a una página educativa sobre concientización en derecho de autor.

El comunicado oficial no aduce razones para la cesación en su aplicación. No obstante, se cree que esta pudo obedecer a que sólo existía monitorización sobre contenidos compartidos en redes «peer-to-peer», excluyendo otros medios de distribución de contenido protegido (como el streaming).

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COLOMBIA | Propiedad Intelectual, Derecho de Autor, Derecho Policivo | Nuevo Código de Policía de Colombia: disposiciones relacionadas con propiedad intelectual y derecho regulatorio

Aprobado mediante la Ley 1801 de 2016, el pasado 30 de enero de 2017 Colombia estrenó un nuevo Código de Policía, derogando la anterior norma -de 1970-.

En asuntos relacionados con derechos de propiedad intelectual, la nueva regulación reitera y/o incluye sanciones:

  • Si no se cumple con el pago de regalías en derechos de autor a los titulares del contenido protegido. Por ejemplo, en el caso de actividades económicas en establecimientos donde se ejecuten públicamente obras musicales protegidas por derechos de autor, se exige como requisito obligatorio para su desarrollo, la mantención y presentación de comprobante de pago al día en favor de su titular o representante (como las Sociedades de Gestión Colectiva).

En cuanto a derecho regulatorio, existirán sanciones policivas:

  • Si se incurre en comportamientos que atentan contra la salud pública (como el almacenamiento y comercialización de alimentos que incumplen las normas sanitarias y regulaciones del INVIMA).

El incumplimiento de alguna de esas disposiciones, implica la suspensión temporal o definitiva de la actividad comercial, al igual que multas según la gravedad de la conducta.

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COLOMBIA | Propiedad Intelectual | Oficina de Marcas y Patentes de Colombia actualiza su trámite administrativo interno conforme a las leyes procesales más recientes

El 30 de enero de 2017 -y mediante la Resolución 2356 de 2017-, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) actualizó su principal normativa –la Circular Única– conforme a las normas procesales aprobadas en Colombia durante los últimos 5 años.

Su principal novedad está en su armonización conforme a lo dispuesto en la Ley 1755 de 2015, mediante la cual se reguló el procedimiento de Derecho de Petición ante entidades públicas en Colombia.

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