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El 12 de enero de 2017 -y mediante la Ley 1826 de 2017– el Congreso de Colombia introdujo cambios sustanciales al procedimiento penal colombiano aplicables a algunos delitos (incluyendo aquellos en contra de la propiedad intelectual, el derecho de autor, la protección de datos personales, el uso ilegítimo de patentes, la usurpación de derechos de propiedad industrial, contra el patrimonio económico y la violación de reservas industriales y comerciales).
La nueva ley ampliará de manera considerable el campo de acción de los abogados representantes de las víctimas o denunciantes, ya que i) se podrá solicitar al fiscal la conversión de la acción pública penal en acción privada penal, al igual que ii) se permitirá que los abogados de las víctimas o denunciantes tengan más participación en el proceso al poder asumir el papel de acusadores privados, siendo posible asumir tareas a cargo de la Fiscalía -como la presentación y realización de la investigación, o la solicitud de pruebas-. Así mismo, la nueva ley reducirá el procedimiento penal de 5 a 2 audiencias (audiencia concentrada y audiencia de juicio oral).
La ley entrará en vigor seis meses después de su promulgación (el 12 de junio de 2017), y no se descarta que enfrente controles de constitucionalidad.
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El 21 de diciembre de 2016 -y a través de la Resolución 88223 de 2016-, la Autoridad colombiana del Derecho de Consumo (Superintendencia de Industria y Comercio -SIC-) sancionó a la sociedad Droguerías y Farmacias Cruz Verde S.A.S. con una multa de 1.153 millones de pesos colombianos (aproximadamente USD $394.000, o 369.000 euros), al considerar que esta última vendió varias referencias de medicamentos por encima de los precios establecidos en la Circular 07 de 2013, expedida por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Específicamente, la SIC encontró que Cruz Verde durante el año 2014 vendió 56 medicamentos (listado) por encima de los precios establecidos por el Gobierno, incluyendo algunos con un sobreprecio del más del 3000%. La entidad advierte que seguirá adelantando investigaciones de oficio para aquellos que comercialicen medicamentos con precio regulado por encima de los valores establecidos por el Gobierno.
Para mayor información, visite el siguiente enlace.
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Hasta el 10 de febrero estará abierta la convocatoria para la participación en el segundo fondo de patentes, organizado por Ruta N y Colciencias, el cual busca seleccionar proyectos susceptibles de protección vía patente y con ello incentivar la explotación comercial de los mismos.
Los postulantes podrán ser personas naturales o jurídicas que desarrollen sus actividades principalmente en el Departamento de Antioquia, los cuales -de ser escogidos-, obtendrán entre el 50 a 80 % de financiación para la preparación de la solicitud de la patente.
Para mayor información, visite este enlace.
El 29 de diciembre de 2016, y mediante la Resolución 90556 de 2016, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo actualizó el umbral económico mínimo de integraciones empresariales que deben ser reportadas y autorizadas por la Autoridad Antimonopolio de Colombia (Superintendencia de Industria y Comercio).
El nuevo umbral es de 60 mil Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), equivalentes a más de 44 mil millones de pesos colombianos (15 millones de dólares estadounidenses, 14 millones de euros).
De acuerdo a la start-up de estadísticas Sqoop -y por primera vez en 23 años- IBM dejó de ser el mayor receptor de patentes en Estados Unidos, cediendo el primer lugar a Samsung.
De acuerdo al informe de Sqoop, Samsung obtuvo la concesión de 8551 solicitudes de patentes, desplazando a IBM al segundo lugar con 8062 patentes otorgadas.
No obstante, el servicio de patentes IFM Claims (ofrecido por Fairview Research) sostiene lo contrario, aduciendo que IBM fue el mayor receptor de patentes en Estados Unidos durante 2016.
La discrepancia entre ambos informes está en la metodología.