Entre sus apartes, se destaca que el responsable del cumplimiento de las ESAL obligadas a implementar un PTEE simplificado está facultado para pertenecer a la dirección de la entidad, siempre y cuando no sea su representante legal o revisor fiscal.
Por otra parte, se amplían los criterios para la actualización del PTEE, permitiendo que las ESAL con activos totales iguales o superiores a 1 000 SMMLV o $1 160 millones COP sustituyan su PTEE Simplificado por uno Integral en cualquier momento.
Así mismo, se amplía el plazo para la presentación del PTEE a los meses de mayo y junio de 2024, extendiendo así en un año los plazos establecidos inicialmente en la Circular 058 de 2022.