.
MÉXICO | Marcas | La oposición al registro de marcas en México quedó en firme: en 90 días entrará en rigor
.
Ello, gracias a que el pasado 1 de junio de 2016 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que modificó en ese aspecto la Ley de Propiedad Industrial mexicana, que antes carecía de esa herramienta.
El Decreto entrará a regir el próximo 30 de agosto de 2016, y permitirá que cualquier persona se oponga al registro de una marca dentro del mes siguiente a la fecha en la cual queda en firme la publicación de la solicitud.
Debe tenerse en cuenta que el procedimiento no atribuirá al opositor el carácter de interesado, tercero o parte, y no prejuzgará sobre el examen de fondo que se hará sobre la solicitud de marca.
.
LATINOAMÉRICA | Propiedad Intelectual | Estado de las solicitudes PCT y de registro de marcas efectuadas desde América Latina vía OMPI durante 2015
.
De acuerdo a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), durante 2015 se presentaron 1357 solicitudes PCT originadas en la región, lo que significa una reducción del 3.8% en comparación a las 1410 solicitudes presentadas en el año 2014.
Los países latinoamericanos que presentan un número cercano o superior a las 100 solicitudes PCT por origen son Brasil, México, Barbados, Chile y Colombia, con una gran ventaja respecto al siguiente en la lista –Argentina-, que posee un promedio de 30 solicitudes.
México, Colombia y Belice se destacan como los países de origen con mayor número de solicitudes internacionales de registro de marcas vía Sistema de Madrid con 91, 32 y 22 designaciones. Como los países más designados, México y Colombia toman la delantera (al tener 10569 y 4777 designaciones), seguidos por Cuba -con 2084 designaciones-.
México figura entre los diez países miembros más designados del Sistema de Madrid.
.
COLOMBIA | Marcas | Superintendencia de Industria y Comercio protege las marcas “LA TIENDA AZUL” y “CIELO AZUL” al negar el registro de “TIENDA DEL AZUL CIELO”
.
La decisión se motiva en el riesgo de confusión de la marca mixta solicitada respecto de los signos distintivos ya registrados, ya que el signo solicitado carece de elementos que le otorguen distintividad.
Se pretendía el registro de la marca negada bajo la misma categoría de aquellas ya registradas, pertenecientes a la Clase 25 Internacional de Niza (prendas de vestir, calzado y artículos de sombrerería).
.
COLOMBIA | Derecho del Consumidor | La comercialización de punteros láser es suspendida de forma provisional
.
La decisión -adoptada por la Superintendencia de Industria y Comercio mediante la Resolución 33767 de 2016– busca evitar que el producto mencionado cause daño o perjuicio a los consumidores mientras se adopta una decisión definitiva.
La investigación empezó durante el pasado año 2015 gracias a un informe suministrado por la Alcaldía de Medellín a la SIC, que advirtió de una lesión ocular producida a una persona de 19 años con un puntero láser.
Con la medida se prohíbe la libre distribución de punteros láser con potencia superior a 1 mW (milivatio) y aplicará por 60 días contados desde el 31 de mayo de 2016, tiempo en el cual se espera el resultado definitivo de la investigación adelantada por la entidad.
.
CHILE y ECUADOR | Propiedad Intelectual | Oficinas de PI en Chile y Ecuador cambian procedimientos de pago para algunos trámites
.
En el caso chileno, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) habilitará el pago en línea para la publicación de invenciones a partir del 15 de junio de 2016, el cual hasta ahora se encuentra disponible solo para trámites de signos distintivos.
Respecto de Ecuador, el Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI) desde el 23 de mayo expide un número de referencia asociado a cada solicitud de propiedad industrial, con la finalidad de evitar la presentación del comprobante de pago ante la entidad.