Las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos superiores a 100.000 UVT´s (COP 4.241.200.000) y las entidades públicas están obligadas a registrar sus bases de datos ante el Registro Nacional de Bases de Datos (“RNBD”), administrado por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Si usted ya registró sus bases de datos, no olvide realizar las siguientes actualizaciones y reportes:
Actualización anual de bases de datos ante el RNBD
¿En qué consiste?
de marzo
Para tener en cuenta:
¿En qué consiste?
de febrero
Fechas clave
- Número de reclamos presentados
- Nombre e identificación de titular
- Causa del reclamo
¿En qué consiste?
Los cambios sustanciales son aquellos que se relacionan con:
- Las finalidades de las bases de datos
- Encargado del tratamiento
- Canales para la atención de consultas y reclamos
- Tipos de datos que se tratarán
- Medidas seguridad
- Política de privacidad
- pTransferencia y transmisión de información
Fecha de actualización:
Para tener en cuenta:
Se recomienda contar con procedimientos internos para identificar las modificaciones susceptibles de actualización.
Nuestras Expertas
Martha Gaitán
Líder Compliance y Privacidad