OM Weekly Digest (2016-05-05)
5 mayo, 2016

COLOMBIA | Propiedad Intelectual | Congreso de la República tramita Proyecto de Ley que permite que las universidades públicas establezcan empresas de base tecnológica (Spin-Off)

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En segundo debate de la Comisión Sexta del Senado se tramita el Proyecto de Ley No. 215 del año 2015, el cual pretende autorizar a las Instituciones de Educación Superior públicas y privadas de Colombia para crear empresas de base tecnológica o spin-offs, las cuales consisten en iniciativas empresariales que tienen la finalidad de capitalizar y explotar la propiedad intelectual obtenida de la investigación universitaria.

El proyecto de ley establece que su constitución podrá llevarse a cabo con participación de personas particulares. Actualmente la ley prohibe a profesores de universidades públicas devengar ingresos distintos a los de la universidad.

COLOMBIA y PERÚ | Marcas | Las Oficinas de PI en Colombia y Perú ahora hacen parte de la base de datos marcarios TMclass

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A partir del mes de abril, la Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- (Colombia) y el Indecopi (Perú) oficializaron su vinculación a la base de datos TMclass.

TMclass permite una búsqueda unificada en las bases de datos de clasificación de bienes y servicios de las oficinas de marcas participantes, con el objetivo de facilitar el procedimiento de clasificación y protección de bienes y servicios.

A nivel mundial, se destacan como miembros de TMclass la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, la Oficina de Propiedad Intelectual de los Estados Unidos, entre otros. En Latinoamérica, las Oficinas de Propiedad Intelectual de México y Brasil también hacen parte de TMclass.

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COLOMBIA – COMUNIDAD ANDINA | Propiedad Intelectual | Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina: no hay infracción si el presunto infractor cesa actos antes de presentación de la demanda

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Mediante la Interpretación Prejudicial N° 382 de 2015, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina crea un antecedente cuestionable en materia de acciones por infracción.

El Tribunal afirma que la acción de infracción solo es procedente si se demuestra que el infractor ejecuta la conducta transgresora al momento de interponerse la demanda, lo cual significaría que si su ejecución cesó de forma previa a la demanda, no habría lugar para la acción.

Este pronunciamiento  permitiría al infractor evadir una declaración de infracción por conducta pasada e igualmente los perjuicios ocasionados por la conducta infractora.

 

COLOMBIA | Regulatorio | Decreto delega a Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos la fijación de precios de fármacos

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Los Ministerios de Salud y de Comercio han expedido el Decreto 705 de 2016, por medio del cual encargan a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos (creada por la Ley 100 de 1993) la definición de la metodología y mecanismos a utilizar para la regulación en los precios de medicamentos,

La comisión fijará los precios máximos de venta permitidos –en caso de que considere que deba haberlos-, al igual que determinará los márgenes de distribución y comercialización de los medicamentos.

 

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